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Consultoría legal

Las empresas de comercio exterior operan bajo legislación fiscal y aduanera densa, técnica y en constante cambio. BG Consulting Group da seguimiento al cumplimiento de esas obligaciones y asesora las decisiones de negocio con efecto fiscal, y cuando llega un acto de la autoridad asume la defensa del asunto desde la notificación hasta su conclusión, por las vías ordinarias y alternativas que prevé la ley.

SVC-01EN REVISIÓN
Diagnóstico rápido

¿Por dónde empieza tu asunto?

Cuatro preguntas para orientarte hacia la vía correcta.

Pregunta 1 de 4

¿Qué acto de autoridad tienes enfrente?

E

Situaciones que atendemos

01

Llegó una notificación de la autoridad

La empresa recibe la notificación de un acto administrativo: una determinación de crédito fiscal, una multa o el inicio de un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera. A partir de ese momento corren plazos para defenderse y cada decisión condiciona el resultado del asunto.

02

Una revisión o auditoría en curso

La autoridad ejerce sus facultades de comprobación sobre operaciones de comercio exterior: clasificación arancelaria, valoración, origen, regímenes como IMMEX. La compañía necesita responder con sustento técnico antes de que la revisión derive en una determinación.

03

Una decisión de negocio con riesgo fiscal

Cambios de régimen, reestructuras, nuevas operaciones transfronterizas o ajustes en la cadena de proveeduría tienen efectos aduaneros y fiscales que conviene evaluar antes de ejecutarlos, no después de recibir una observación.

04

Una resolución desfavorable que se quiere combatir

Existe una resolución definitiva que la empresa considera ilegal o lesiva de sus derechos, y debe decidir por qué vía controvertirla: recurso administrativo, juicio ante el tribunal o amparo, según el caso y la etapa procesal.

Alcance del servicio

01

Asesoría fiscal y aduanera continua

Seguimiento del cumplimiento obligado y asesoría en decisiones de negocio con efecto fiscal o aduanero.

02

Recursos administrativos

Interposición del recurso de revocación y demás medios en sede administrativa frente a la autoridad aduanera y fiscal.

03

Litigio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Juicio contencioso administrativo contra resoluciones definitivas: créditos fiscales, multas y determinaciones aduaneras.

04

Juicio de amparo y derechos humanos

Amparo indirecto y directo cuando el acto vulnera derechos fundamentales o se ha agotado la instancia previa.

05

Acuerdos conclusivos, arbitraje y mediación

Acuerdos conclusivos ante PRODECON, arbitraje comercial internacional y mediación: vías alternativas al litigio.

06

Peritajes ante tribunales

Dictámenes periciales ante el Poder Judicial y el TFJA que aportan sustento técnico aduanero y fiscal al juzgador.

Beneficios

Defensa del asunto conducida desde la notificación del acto administrativo hasta su conclusión, por la vía que mejor convenga al caso.
Decisiones de negocio tomadas con la contingencia fiscal y aduanera identificada de antemano.
Posibilidad de cerrar diferencias con la autoridad por acuerdo conclusivo o por medios alternativos, sin agotar todo el litigio.
Sustento técnico pericial cuando el asunto llega a tribunales.
Defensa fiscal y aduanera, de la notificación a la resolución

Preguntas frecuentes

Desde la notificación del acto administrativo, e idealmente antes, cuando se ejercen las facultades de comprobación. A partir de la notificación corren los plazos para interponer los medios de defensa, y las actuaciones que se realicen durante la auditoría influyen en la resolución y en la defensa posterior.

Ruta del asunto

De la asesoría a la resolución del asunto.

Cuando la autoridad interviene, el asunto recorre las mismas etapas. BG conduce la defensa desde la notificación del acto hasta su conclusión, por la vía ordinaria o alternativa que corresponda.

Vías de defensa · 6 etapas01 / 06
01

Asesoría y prevención

Antes de que exista un acto, el seguimiento del cumplimiento y la asesoría de cada decisión con efecto fiscal o aduanero identifican la contingencia. El propósito es que el riesgo se corrija por iniciativa propia, antes de que se convierta en un crédito o una sanción.

Contacto

Cerca de tu operación, en cada cruce.

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