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Fiscal · 12 de julio de 2026

Certificación de IVA e IEPS: renovarla a tiempo para no perder el crédito

La certificación IVA-IEPS evita pagar esos impuestos en la importación temporal, pero se renueva cada año y en los 30 días previos al vencimiento. Qué la sostiene y qué pasa si se cae.

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Para qué sirve la certificación

La certificación en materia de IVA e IEPS permite a las empresas con operaciones de importación temporal aplicar un crédito fiscal equivalente al 100% del impuesto que causaría esa importación, en lugar de pagarlo o de garantizarlo. Para una maquiladora o una empresa IMMEX representa un beneficio de flujo de efectivo considerable, porque evita inmovilizar recursos en impuestos que, de otro modo, se enterarían en cada operación y se recuperarían después.

En qué se sustenta

El fundamento de esta figura está en el artículo 28-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y en el artículo 15-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Su desarrollo operativo se encuentra en el Título 7 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, que regula el esquema de certificación de empresas: la regla 7.1.2 fija los requisitos, la 7.2.1 las obligaciones y la 7.2.3 la renovación, con la ficha de trámite 153/LA. Conviene precisar que el Anexo 31 no es el fundamento de la certificación, como a veces se asume, sino el sistema de control de cuentas de créditos y garantías donde se administra el crédito fiscal asociado.

La renovación tiene plazos estrictos

Las renovaciones de la modalidad de IVA e IEPS tienen una vigencia de un año, en cualquiera de sus rubros A, AA o AAA. La solicitud debe presentarse de forma electrónica dentro de los treinta días previos al vencimiento del registro, y al momento de renovar la empresa no debe tener saldos vencidos del crédito fiscal en el Anexo 31. Son plazos que no admiten holgura: presentar la solicitud fuera de esa ventana, o llegar con saldos pendientes, complica o impide la renovación.

Qué ocurre si se pierde

Si la certificación no se renueva a tiempo o el registro se cancela, la empresa deja de contar con el crédito del 100% y queda obligada a pagar el IVA y el IEPS en sus importaciones temporales, o bien a garantizarlos mediante fianza o carta de crédito. El efecto sobre el flujo de efectivo puede ser importante. Además, la autoridad puede iniciar de oficio el procedimiento de cancelación cuando detecta que dejaron de cumplirse los requisitos, de modo que el seguimiento continuo del cumplimiento es tan relevante como la renovación misma.

Recomendaciones de BG

  • Anota con anticipación la ventana de treinta días previos al vencimiento; fuera de ella la renovación se complica.
  • Verifica que no existan saldos vencidos del crédito fiscal en el Anexo 31 antes de solicitar la renovación.
  • Da seguimiento continuo a los requisitos del Título 7, no solo al acercarse el vencimiento.

Si un cambio normativo toca tu operación, el equipo de BG te dice qué significa y qué ajustar.

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